Las nuevas fechas permitirían a intermediarios cumplir con requisitos técnicos del sistema cambiario.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer un proyecto de resolución que propone ampliar los plazos para la entrega de información exógena cambiaria requerida a intermediarios del mercado cambiario, titulares de cuentas de compensación y concesionarios de servicios de correos con operaciones financieras.
La medida tendría como objetivo ajustar los procesos de reporte a los posibles requerimientos técnicos del Sistema de Información Cambiaria del Banco de la República, implementado a partir del 2023.
En este sentido, se modificaría el artículo 2.2.5 de la Resolución 000180 del 2024, adicionada por la Resolución 000204 del 2025, para otorgar tres meses adicionales a los plazos inicialmente establecidos. De esta forma, la información correspondiente al último trimestre del 2023 y a todos los trimestres del 2024 podría presentarse a más tardar el 31 de enero del 2026, mientras que los reportes del 2025 y el primero del 2026 tendrían como fecha límite el 30 de abril del 2026.
La obligación de reportar operaciones de cambio alcanzaría a establecimientos bancarios, corporaciones financieras, comisionistas de bolsa, compañías de financiamiento, cooperativas financieras, sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos y agentes autorizados para efectuar operaciones de cambio. Estos actores deberán entregar la información exógena en los formatos técnicos definidos, que incluirían campos para identificar origen y destino de los recursos, correcciones de declaraciones de cambio y legalización de operaciones de endeudamiento externo.
A partir del segundo trimestre del 2026, los reportes volverían a regirse por los vencimientos trimestrales normales. La ampliación de plazos buscaría facilitar a los obligados la implementación de los desarrollos informáticos necesarios y permitiría garantizar la calidad de los datos transmitidos, fortaleciendo así el control y la vigilancia del régimen cambiario en el país.
Los interesados podrán enviar sus observaciones al proyecto de resolución hasta el 26 de septiembre del 2025 a través del correo electrónico: Subdir_control_cambiario@dian.gov.co
