Consejo Superior de la Judicatura dispuso el bloqueo de cuentas de correo electrónico institucionales.

A través de la Circular PCSJC25-40 del pasado 4 de diciembre, el Consejo Superior de la Judicatura dispuso el bloqueo de cuentas de correo electrónico institucionales desde el 20 de diciembre del 2025 a las 00:00 horas hasta el 10 de enero del 2026 a las 23:59 horas, lo que significa que la vacancia judicial, periodo durante el cual la mayoría de juzgados, tribunales y altas cortes entran en vacaciones colectivas, arranca el 20 de diciembre y va hasta el 13 de enero del 2026, día en que reinician labores.
De acuerdo con la norma, cada despacho o servidor judicial debe diligenciar la solicitud de autogestión hasta el 19 de diciembre del 2025 a las 17:59 horas, en el aplicativo diseñado para ello (https://acortar.link/oqpXJp), de manera que se genere y active el mensaje de respuesta automática de bloqueo durante el periodo de vacancia judicial.
Cabe recordar que durante este tiempo únicamente prestan sus servicios la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), Consejo Superior de la Judicatura y consejos seccionales, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial y direcciones seccionales, juzgados penales municipales y juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad, Fiscalía e Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
A partir de la entrada en vigencia de la Ley 2430/24, los juzgados que hacen parte del régimen de vacaciones individuales serán los juzgados penales municipales y los juzgados de ejecución de penas y medidas de seguridad, quienes deben atender en época de vacaciones colectivas de los demás juzgados no solo la carga propia de asuntos ordinarios, sino todas las acciones de tutela y habeas corpus que se presenten entre el 20 de diciembre y el 10 de enero siguiente.
